información SOBRE LA DECLARACION DE SITUACION PATRIMONIAL

En atención a las Circulares N° SEV/OM/DRH/DAPE/AA/IOC y 11C/2023, referente a la Declaración de Modificación de Situación Patrimonial y al Formato de Servidores Públicos "Actualización del Padrón de Servidores Públicos obligados a presentar Declaraciones de Situación Patrimonial y de Interés que tuvieron modificaciones. Por lo anterior, se les informa que la Declaración 2023 debe efectuarse en el mes de mayo.

El objetivo es, que los servidores públicos demos cumplimiento a la obligación en el plazo estipulado por la norma.

Con motivo del inicio de los trabajos referentes a la Declaración de Situación Patrimonial y ce Intereses en su tipo modificación 2023, a efectuarse durante el mes de mayo del presente año, se informa que es obligación que todas y todos los servidores públicos de esta Secretaría tenemos de presentarla en el plazo establecido por la normatividad vigente aplicable, el cual fenece el 31 de mayo del año en curso, por lo que el servidor público que incumpla, sin causa justificada, con la obligación dentro del plazo estipulado por la normatividad; se procederá en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

En este sentido, y en seguimiento al oficio No. CGE/DGRA/2152/2023 signado por el Lic. Miguel Ángel Olivares Martínez Director General de Responsabilidades Administrativas, mediante el cual nos da a conocer el ACUERDO QUE REFORMA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LOS LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LAS DECLARACIONES DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES, A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS, ASÍ COMO LOS CRITERIOS PARA DETERMINAR SU FORMA DE CUMPLIMIENTO: "COMPLETA O SIMPLIFICADA", publicado en la Gaceta oficial de fecha veinticuatro de marzo del dos mil veintitrés, en el que se reforman los lineamientos Décimo Segundo y Décimo cuarto que a letra dicen: 

Décimo segundo. La carta de aceptación y acuse de recibo los cuales se emiten como constancias de la presentación de la Declaración de Situación Patrimonial y de Intereses, deberán ser resguardados de manera obligatoria por el declarante.

Décimo cuarto. La carta de aceptación contiene un número de transacción asociado a un código de lectura óptica para autentificación y tipo de declaración presentada; mediante el acuse de recibo se acepta el uso de medios de identificación electrónica de la presentación de las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses.

Por lo antes mencionado, se da a conocer la página institucional o enlace del micro sitio que contiene la información al respecto:

Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses | CGE (veracruz.gob.mx)




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