Secretaría de Educación
Pública
Con fundamento en los artículos
113, fracción XXII de la Ley General de Educación; 37, fracción
II del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública; 13 del Acuerdo número 10/09/23 por el que se establecen las normas generales
para la evaluación del aprendizaje, acreditación, promoción, regularización y certificación de los alumnos y los alumnos de Educación Preescolar,
Primaria y Secundaria, en adelante
Acuerdo 10/09/23, publicado
en el Diario Oficial de la Federación
(DOF) el 27 de septiembre de 2023; así como
en la norma 1.5 de
las Normas Específicas de Control Escolar Relativas a la Inscripción, Reinscripción, Acreditación, Promoción. Regularización y Certificación
en la
Educación Básica, en adelante NCE de Educación Básica, me
permito comunicar lo siguiente:
I. Las NCE de Educación Básica continúan vigentes y aplicables para regular los procesos
de control escolar de inscripción, reinscripción, acreditación, promoción, regularización y certificación
siempre y cuando no vayan en contra de
lo establecido en el
Acuerdo 10/09/23, hasta en tanto se
emitan las nuevas normas de control escolar para los niveles de Educación Preescolar, Primaria y
Secundarla.
II. En todas las menciones dentro de las NCE de Educación Básica que se refieran a "...asignaturas que
conforman el componente curricular de Campos de Formación Académica y las áreas de Artes y Educación Física del componente curricular áreas de Desarrollo Personal y Social-", deberá interpretarse de la siguiente manera:
a)
Para Educación Preescolar "Campos formativos'
a)
Para Educación Primaria: "Campos formativos"
b) Para Educación Secundaria "Disciplinas que conforman los Campos formativos"
III. Escala de calificaciones, acreditación y promoción. Los resultados de la evaluación del aprendizaje para
la acreditación, los criterios de la acreditación y la promoción
se llevarán a cabo conforme a lo siguiente:
Educación primarla: Primer
grado
|
1.
Resultado de la evaluación
del aprendizaje: Números enteros en una escala de 6 a 10, así como con observaciones y sugerencias sobre los aprendizajes en cada uno de los
Campos formativos.
Los promedios de cada campo formativo se registrarán con un número entero y un
decimal con excepción del número 10 que se registrará sin decimal. 2.
Criterio de acreditación: Se acredita con el solo hecho de haber cursado el grado. 3. Criterio de promoción: La o el estudiante que curse
el
primer grado será promovida(o)
al siguiente grado. |
Educación primaria: Segundo
a Sexto grados |
1.
Resultado de la evaluación del
aprendizaje: Números enteros en una escala de 5 a 10, así como con observaciones y sugerencias sobre los aprendizajes
en
cada uno de los Campos
formativos. Los promedios de cada campo formativo
se
registrarán con un
número entero y un decimal con excepción del
número 10 que se registrará sin decimal. La calificación 5 es reprobatoria. Las calificaciones de 6 a 10 son aprobatorias. 2.
Criterio de acreditación: Será acreditada(o) cuando obtenga un promedio final mínimo de 6
en cada uno de los Campos formativos. Criterio de promoción: Será promovida(o) al siguiente grado que corresponda cuando
obtenga un
promedio final mínimo de 6 en
cada uno de los Campos formativos. 3.
Criterio de promoción: Será promovida(o) al siguiente grado que
corresponda cuando obtenga un promedio final mínimo de 6 en cada uno de los
Campos formativos. |
Por otra parte, no
omito mencionar que, esta unidad administrativa tiene toda la disposición para
atender de manera clara y oportuna las consultas o aclaraciones que el área de
control escolar pueda tener con respecto
a las NCE de Educación Básica
y el Acuerdo 10/09/23. tanto para el cierre del ciclo escotar 2023-2024 como
para el inicio del ciclo escolar 2024-2025.
Adicionalmente, mucho apreciaré
difundir esta información a los funcionarios involucrados en los procesos de
control escolar, así como en los planteles educativos oficiales y particulares con
autorización con el propósito de facilitar el Ubre tránsito de las y los
estudiantes en el Sistema Educativo Nacional.
MARÍA DEL CARMEN
SALVATORI BRONCA
DIRECTORA
GENERAL DE ACREDITACIÓN,
INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN
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